Las Comunidades de la Orden del Císter de la Estricta Observancia están comprometidas con la protección de menores y adultos vulnerables.
Por ello hemos declarado
–en nuestras Constituciones y Estatutos:
Constitución 30 bis: Cada comunidad y cada miembro de la Orden, atento al respeto y a la dignidad de cada persona, especialmente de los menores y de las personas frágiles, se mantiene vigilante para prevenir cualquier forma de abuso de poder, de conciencia y de agresiones sexuales.
Est. 30bis A: Se redactará un protocolo comunitario con las diferentes instancias de la Iglesia. La comunidad recibirá una formación al respecto.
Est. 30bis B: El protocolo y su aplicación serán examinados durante la visita regular.
-y en la Ratio Institutionis, el documento sobre la formación:
16bis: Cada miembro de la comunidad recibirá formación sobre la prevención de todas las formas de abuso. Se hará referencia a las normas del país y de la Iglesia local y universal. Se anima a las comunidades a recibir ayuda especializada en estas áreas en colaboración con su diócesis y región.
Para obtener más información o plantear una inquietud, póngase en contacto en primer lugar con la comunidad implicada o escriba una carta a
O.C.S.O. – Delegado de Protección
Viale Africa 33
00144 Roma
Italia